DOF - Diario Oficial de la Federación - Sumario

Secretaría de la Reforma Agraria

About Me

¿Cómo consideras que son los trámites fiscales ante el SAT?

Servicio de Administración Tributaria

domingo, 20 de diciembre de 2009

Desaparece el aviso de Suspensión de Actividades en el RFC para Personas Morales

Como resultado de la publicación en el DOF del nuevo Reglamento del CFF el 7 de diciembre de 2009, que entró en vigor el día 8 de diciembre del mismo año, se informa que el aviso de Suspensión de Actividades en el RFC ya no se contempla para Personas Morales, por lo que el SAT ha inhabilitado temporalmente la presentación de este movimiento a través de Internet.
Por lo anterior, a partir del día 8 de diciembre de 2009, este trámite solo aplica para personas físicas, y se recibe a través de ventanilla en las oficinas del SAT.
En el caso de personas morales que dejen de realizar operaciones, estas tendrán que sujetarse al proceso de liquidación de sociedades establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles, en sus artículos del 234 al 249, presentando ante el SAT los avisos de Inicio de liquidación y Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por liquidación total del activo, cumpliendo los siguientes requisitos:

Aviso de Inicio de liquidación

• Forma Oficial RX “Formato de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación al RFC” en dos tantos.
• Copia certificada y copia del documento notarial de la disolución de la sociedad, donde conste el nombramiento del liquidador. (Copia certificada para cotejo)
• Original y copia de la declaración anual por la terminación anticipada del ejercicio ó en su caso, solo indicar el número de folio tratándose de su presentación a través de Internet o banca electrónica o el original del acuse de recibo, cuando la presentación por medios electrónicos sea mediante ventanilla bancaria. (Original para cotejo)
• Original y copia de cualquier identificación oficial con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del representante legal de la liquidación sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de este anexo. (Original para cotejo)
• Copia certificada y copia del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal de la liquidación o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público. (Copia Certificada para cotejo)

En caso de que el aviso de inicio de liquidación sea por cambio de residencia fiscal deberá también presentar lo siguiente:
• Testimonio notarial del acta de asamblea en la que conste el cambio de residencia que contenga los datos de inscripción de la misma ante el Registro Público de la Propiedad.
• En su caso, original y fotocopia del documento que acredite su Número de Identificación Fiscal del país en que resida, debidamente certificado, legalizado o apostillado por autoridad competente, según corresponda. (Original para cotejo).

Aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo

• Forma Oficial RX “Formato de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación al RFC” en dos tantos.
En caso de personas morales del Titulo II de la Ley del ISR:
• Original y copia de la declaración final del ejercicio de liquidación con sello original de la institución bancaria autorizada ante la cual se presentó o en su caso, solo indicar el número de folio tratándose de su presentación a través de Internet o banca electrónica o el original del acuse de recibo, cuando la presentación por medios electrónicos sea mediante ventanilla bancaria. (Original para cotejo)
• Copia certificada y copia del documento notarial en donde conste la liquidación debidamente inscrita ante el Registro Público del Comercio. (Copia certificada para cotejo)
• Original y copia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de Definiciones de este anexo. (Original para cotejo)
• Copia certificada del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder en original firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público. (Copia certificada para cotejo)

En caso de que el aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo sea por cambio de residencia fiscal deberá también presentar lo siguiente:
• Testimonio notarial del acta de asamblea en la que conste el cambio de residencia que contenga los datos de inscripción de la misma ante el Registro Público de la Propiedad.
• En su caso, original y fotocopia del documento que acredite su Número de Identificación Fiscal del país en que resida, debidamente certificado, legalizado o apostillado por autoridad competente, según corresponda. (Original para cotejo).

0 comentarios: